El artículo 42 Quinquies del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública señala como una atribución de la Dirección General de Planeación, Programación y Estadística Educativa “Coordinar la elaboración, seguimiento y actualización del Programa Sectorial de Educación, en los términos que establezcan la Ley de Planeación, la Ley General de Educación, el Plan Nacional de Desarrollo y demás disposiciones jurídicas aplicables”.
Dado lo anterior, la Dirección General elabora o participa en la integración de distintos informes de rendición de cuentas, siendo los más importantes los de Gobierno, los de Labores de la propia dependencia y los de Avance y Resultados del Programa Sectorial de Educación.
El Informe de Ejecución se elaboraba con fundamento en el Artículo 6º de la Ley de Planeación que establecía el envío a la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, en el mes de marzo de cada año, de un informe sobre las acciones y resultados alcanzados respecto a los objetivos, estrategias y metas previstas en forma anual con base en las decisiones adoptadas para la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo y los programas sectoriales. Este informe se elaboró hasta 2017, dada la reforma a la Ley de Planeación del 16 de febrero de 2018.
Periodo que comprende: 1° de enero al 31 de diciembre de cada año.










